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El Sector Rural Superintendencia De Servicios Sanitarios Versión Beta 2018
Adicionalmente, las concesionarias pueden, en virtud del artículo 52 bis del D.F.L. MOP Nº382/88, establecer, construir, mantener y explotar sistemas de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas servidas en el ámbito rural, bajo la condición de no afectar o comprometer la calidad y continuidad de los servicios públicos sanitarios que son se su responsabilidad.…